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Desde Anesco no aceptamos que se diga que el IV Acuerdo extiende su aplicacion a terceras empresas”

Nota de Anesco en respuesta al artículo publicado en Veintepies.com el dia 20 de enero firmado por D. Diego Carrasco Jiménez.

 

Tras la lectura del referido artículo publicado en su periódico, no deja de sorprender la alegría con la que se opina sobre la situación de los puertos y, en particular, sobre la intención de los firmantes del IV Acuerdo para la Regulación de las Relaciones Laborales en el Sector de la Estiba Portuaria. Es cierto que la Audiencia Nacional falló en su día sobre el contenido del IV Acuerdo, y que la Sentencia en cuestión considera nulos determinados artículos del mismo, declarando el carácter extraestatutario del IV Acuerdo, por lo que sólo es de aplicación para las partes que lo han firmado. En este sentido, queremos dejar patente que, con fecha 28 de diciembre de 2009, ANESCO presentó Recurso de Casación contra la Sentencia de instancia, por lo que ésta no es firme y será el Tribunal Supremo (Sala de lo Social) quien tendrá que pronunciarse nuevamente sobre la cuestión de fondo.

 

No obstante lo anterior, desde ANESCO no podemos aceptar que se diga que el IV Acuerdo extiende su aplicación a empresas terceras, impidiéndoles el acceso al mercado de las llamadas actividades complementaria, ni que se ha pretendido desde ANESCO dotar a los estibadores y empresas estibadoras de un marco regulador en los puertos exclusivo para realizar dicha actividad. No olvidemos que las licencias o autorizaciones para poder realizar esas actividades ni las da ANESCO ni las dan los estibadores, sino las Autoridades Portuarias en cada puerto.

 

Es evidente por tanto, que en todo caso si no hay empresas no estibadoras que realizan las tareas complementarias, es porque las propias Autoridades Portuarias no les dan la autorización correspondiente, pues éstas sólo han sido reguladas hasta ahora en los distintos Convenios de puertos y realizadas por las empresas estibadoras.

 

Lo único que se ha pretendido por parte de los firmantes del IV Acuerdo es que las condiciones sean iguales para todos, sean empresas estibadoras o no las que realicen dichas actividades, y que se aplique en consecuencia el pacto que exista a nivel del puerto cuando se contemple en el mismo la realización de las llamadas actividades complementarias.

 

Por las mismas razones apuntadas, entendemos igualmente rechazables los argumentos vertidos respecto a la decisión adoptada por la Comisión Nacional de la Competencia, ya que la Resolución del citado Organismo ha sido igualmente recurrida por ANESCO.

 

Si no fuera sí, ¿cómo es posible que un Acuerdo que, a juicio de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, afecta a 901 empresas en sectores tan dispares como: transporte, logística, paquetería, químicas, empresas cementeras, petroleras y otras actividades estuviesen afectadas por el IV Acuerdo y éstas, obviamente a través de sus respectivas asociaciones empresariales, no hubiesen impugnado el mismo? ¿No resulta extraño que el IV Acuerdo exclusivamente ha sido impugnado por quienes no lo han suscrito, esto es, Puertos del Estado y las dos centrales sindicales UGT y CCOO? Y sin embargo, ninguna asociación empresarial lo ha impugnado.

 

No sabemos desde ANESCO si los estibadores se consideran "el ombligo del mundo", en todo caso, debían ser los estibadores quienes contesten al que suscribe el artículo que motiva esta nota, pero desde ANESCO sí tenemos claro que si las referidas actividades se excluyen en los puertos para que no las realicen las empresas estibadoras, muchas Sociedades de Estiba y Agrupaciones Portuarias de Interés Económico, tendrán problemas en el futuro para subsistir, porque en muchos puertos estas actividades representan más del 40 por ciento de su actividad.

 

No debemos olvidar que dichas Sociedades Estatales y Agrupaciones Portuarias de Interés Económico son mantenidas por las cuotas que abonan las empresas estibadoras, siendo obligación de las mismas realizar las actividades complementarias, según la normativa legal, con estibadores portuarios. Si se vacía de contenido las actividades que en los puertos realizan las empresas estibadoras, sería mejor que se privatizase totalmente la gestión de los puertos y, entonces, todos, empresas estibadoras y no estibadoras, podríamos competir en igualdad de condiciones.

 

Javier Expósito Paradela

Director de Anesco

 

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